En cumplimiento de lo establecido en el artículo 9 de la Orden Ministerial ECO/734/2004, de 11 de marzo, BARYMONT Y ASOCIADOS, S.A., CORREDURÍA DE SEGUROS, en adelante, BÁRYMONT, dispone de un Servicio de Atención al Cliente para atender y resolver las quejas y reclamaciones referidas a sus intereses y derechos legalmente reconocidos, ya deriven de los contratos, de la normativa de transparencia y protección de la clientela o de las buenas prácticas y usos financieros, en particular, del principio de equidad.

Tales quejas y reclamaciones pueden dirigirse a la dirección postal BÁRYMONT Y ASOCIADOS, S.A., CORREDURÍA DE SEGUROS. SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE. Calle El Crucero nº 5, Centro de Empresas, locales B5 y B7. 39600-Revilla de Camargo (Cantabria) o a la dirección electrónica serviciodeatencionalcliente@barymont.com. El Servicio de Atención al Cliente debe resolver en el plazo máximo de dos meses desde la fecha de presentación de la queja o reclamación en dicho Servicio.

Si no se resolviera en dicho plazo o si la resolución no fuera del agrado del Cliente, este podrá dirigirse al Comisionado para la Defensa del Asegurado y Partícipe en Planes de Pensiones a la dirección postal Paseo de la Castellana núm. 44, 28046-Madrid o en la Oficina Virtual en la página web http://www.dgsfp.mineco.es/ siendo imprescindible para ello acreditar haber formulado previamente la queja o reclamación, por escrito y con dos meses de antelación, ante el Servicio de Atención al Cliente de BÁRYMONT. En esta oficina y en la página web de BÁRYMONT, www.barymont.com se encuentra a su disposición un ejemplar del Reglamento para la Defensa del Cliente. La normativa relativa a la transparencia y protección al cliente de servicios financieros es la siguiente:

La Ley 44/2002, de 22 de noviembre, de medidas de reforma del sistema financiero; El Real Decreto 303/2004, de 20 de febrero, del Reglamento de los Comisionados para la defensa del cliente de servicios financieros; La Orden ECO/ 734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el defensor del cliente de las entidades financiera; Y la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados.